martes, 11 de mayo de 2010

El canon digital español es ilegal según la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Verica Trstenjak, dictaminó hoy que el canon digital que se aplica en España es ilegal porque se impone indiscriminadamente a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas. "Un sistema nacional que prevé la aplicación de un canon por copia privada a todos los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital de forma indiscriminada (como ocurre en España) no es compatible" con la normativa comunitaria, afirma el dictamen.

La Abogado General de la Unión Europea Verica Trstenjak acaba de emitir su opinión para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el canon digital que se aplica en España a diversos medios de grabación y dispositivos electrónicos a autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad privada de gestión de derechos de autor en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos en el ámbito privado.

En ella dice textualmente que «el canon por copia privada sólo puede gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas» y que «no puede aplicarse indiscriminadamente a empresas y profesionales que claramente adquieran los aparatos y soportes materiales para otras finalidades ajenas a la copia privada».

El texto completo de la opinión está disponible en formato PDF [47 KB], y desde luego es un importante espaldarazo para los que desde hace tiempo opinamos que el canon digital es un gran timo.

Y en especial lo es para los responsables de Padawan, la empresa a la que la que la SGAE le reclama el pago de 16.759,53 euros por canon de varios dispositivos de copia y almacenamiento y que ha sido quien ha llevado el caso a los tribunales europeos.

La sentencia definitiva se conocerá el 20 de mayo, y aunque la opinión de los Abogados Generales, de los que hay ocho, no es vinculante para el Tribunal de Justicia de la UE, normalmente tiene un gran peso.

La aplicación indiscriminada de un canon para la compensación por copia privada, a empresas y profesionales, que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada no es conforme con el concepto de «compensación equitativa» en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29.

Más información en internautas.org



En muchos países del mundo existe lo que se conoce como canon por copia privada, que no es otra cosa que una estafa tasa que se aplica a diversos medios de grabación recaudada a favor, supuestamente, de autores, artistas y productores. En España, por supuesto, también tenemos canon digital, pero es que además el nuestro, desde el 2008, es de lo más duros ya que se aplica a más productos que en otros países(reproductores MP3 o teléfonos móviles por ejemplo).

Desde que el nuevo mentado canon fue aprobado en España usuarios y también empresas se han quejado del mismo y se han enfrentado a él vía tribunales, siendo uno de los casos más conocidos de este tipo el protagonizado por la SGAE (que son los que se ocupan de recaudar la tasa) y la empresa PADAWAN (que de dedica a comercializar dispositivos varios de almacenamiento electrónico). De manera resumida la SGAE reclamó a PADAWAN el pago de 16.759,25€ en concepto de compensación por copia privada correspondiente a los dispositivos comercializados por la empresa entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004, a lo que estos últimos contestaron que “naranjas de la china” y decidieron llevar el asunto a los tribunales.

El caso finalmente terminó ante la Audiencia Provincial de Barcelona, quienes como no tenían muy claras las cosas, decidieron preguntarle a los del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) si el canon digital español se ajusta o no a la normativa europea. Pues bien, ahora la abogada general del TUE, Verica Trstenjak, ha dicho vía un informe (sus conclusiones no son vinculantes, aunque casi siempre los Tribunales de Justicia las siguen) que el canon digital aplicado de manera indiscriminada (vamos, como se hace aquí) es ilegal, concretamente dice que:

Un sistema nacional que prevé la aplicación de un canon por copia privada a todos los equipos, aparatos, y materiales de reproducción digital de forma indiscriminada no es compatible con la normativa comunitaria

Es decir, que estamos ante una nueva prueba, esta vez salida desde las entrañas de la Unión Europea, de que el canon digital es a día de hoy en España una forma de estafa institucional. O dicho de otra manera, cada vez que compramos un MP3, DVD, PC o lo que sea, la SGAE, gracias al poder ejecutivo (por eso lo de institucional) nos está robando. Están aplicando una legislación que choca con la normativa europea, y que por lo tanto es ilegal, para recaudar dinero contra la voluntad de los ciudadanos. A esto en mi pueblo se le llama robar.

Y dicho todo esto, es el momento de que todos exijamos nuevamente la eliminación inmediata del canon digital español, y personalmente iría más allá exigiendo también a la SGAE y al Estado Español la devolución íntegra a los ciudadanos de lo que ya nos han robado en estos últimos años.

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